REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIMENTAR LOS GENERADORES DE RESIDUOS BIOPATOLOGICOS DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DENTRO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO Art. 8 Res. 1570/93 Anexo I
a) Nota de Solicitud de habilitación como generador de residuos biopatológicos, dirigida al Coordinador de Salud Ambiental, sita en Villegas 447, (8400) Bariloche tel. 426118.
b) Copias de documento/s de identidad de los socios, gerentes, directores, etc.
c) Contrato Social o Actas Societarias.
d) Copia del CUIT/L.
e) Copia certificación de la municipalidad del retiro de los residuos biopatológicos.
f) Copia de habilitación de Salud Pública.
g) Diagrama de la planta generadora o planos de las instalaciones.
h) Acta de Inspección de Salud Ambiental dependiente del Consejo Provincial de Salud Pública.
i) Abonar el Derecho de Registro y Habilitación que se establezca y presentar unacopia de la factura de pago (Res 1327/03)
j) Completar y presentar el diskete de generadores provisto por Salud Ambiental o disponible en la pagina web del organismo (apartado HABILITACIONES). Una vez completo el diskette u CD, imprimir 2 (dos) copias de todas las hojas del mismo , firmarlas y adjuntarlas a la documentación a ser presentada.
Los datos deberán ser aportados con carácter de declaración jurada (Anexo I) suscripta por un responsable para comprometer legalmente al generador de residuos patológicos, y deberán ser actualizados en forma anualmente, sin perjuicio de la obligación del generador de residuos patológicos, de comunicar, dentro de los cinco (5) días corridos de producida, toda novedad que implique cambios significativos respecto de la declaración jurada realizada.
SALUD AMBIENTAL BARILOCHE: Villegas 447, (8400) Bariloche Río Negro. Tel 02944 426118, email: 4tazona@bariloche.com.ar www.saludambiental.gov.ar
Ley 2599 (Dto 529) Sobre Residuos Patològicos
Resoluciòn 1570 Sobre Residuos Patològicos
Normas sobre manejo de residuos biopatològicos (Anexo I Res 1570)
Resoluciòn 1327, sobre aranceles para el manejo de residuos patològicos