PROVINCIA DE RIO NEGRO
DOCUMENTACION
PARA HABILITACIÓN DE INSTALACIONES DE RAYOS X
SE REQUIERE: a) AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL
b)
DOCUMENTACIÓN DE LA INSTALACIÓN
c) DOSIMETRÍA PERSONAL
d) ABONO DEL CORRESPONDIENTE
a)
AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL: Todo servicio debe designar a una persona como
responsable de uso de los equipos generadores de rayos X , de acuerdo a los artículos
17 y 34 Decreto 6.320/69 Ley 17.557/67.
b)
DOCUMENTACIÓN DE LA INSTALACIÓN: El solicitante :
1)
Dos planos de la instalación en escala 1:50 o 1:100
2)
Cálculo de blindaje en todo de acuerdo con los máximos permisibles para
zonas ocupacionales y no
ocupacionales que fija la legislación vigente (Ley 17557/67)
3)
Indicar los datos completos de los equipos generadores de Rayos X : Marca
–Kv máximo- mA.máximo- cantidad de tubos y orientación de los mismos.
4)
Carga de trabajo en unidades de mA por minuto por semana y distintos de
estudios con sus técnicas habituales .
5)
Tipo de estructura existente o a edificar, locales contiguos, espesor de
paredes, material de las mismas, elementos de protección existente.
Una
vez cumplimentada la presentación de tales requisitos y efectuada la evaluación
radiosanitaria, comprobando fehacientemente lo anterior y estando de acuerdo con
las normas relativas a la instalación y funcionamiento de equipos generadores
de rayos X (Ley 17557/67), se extenderá el certificado de habilitación
correspondiente.
DIRECCIÓN
DE SALUD AMBIENTAL - DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL- Laprida 240 – Viedma
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